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NUEVA PLATAFORMA PARA PAGO DEFINITIVO DE IVA

A partir del pago del mes de enero que se presenta en febrero hubo cambios importantes, el SAT ya tiene precargadas las bases para el cálculo del impuesto al valor agregado tanto cobrado como pagado, por lo que desde hace tiempo están vigentes los métodos de pago en los comprobantes; y es ahora que cobran mayor relevancia. De hecho, aparece la leyenda que se están considerando los comprobantes con método de pago PUE y los complementos de pago que se emiten cuando se cobran o se pagan los comprobantes PPD.

Los parámetros utilizados para dicho cálculo aún se desconocen, lo que se ha observado es que no son tomados en cuenta:

1) Los pagos en efectivo, aunque sean menores a 2 mil pesos

2) Los complementos de pago que corresponden al mes, de facturas de otros meses.

3) Comisiones de bancos del mes correspondiente, ya que el estado de cuenta es emitido con posterioridad, entre otros.

Lo recomendable si tuviste diferencia a lo que el SAT está manifestando, solicites por medio de mi portal una aclaración, para que el SAT te proporcione las bases utilizadas, para que puedas elaborar una conciliación.

Cabe hacer mención que esto nos permite prevenir que ahora la documentación que es pagada efectivamente, aunque sea por un tercero, se considerar acreditable el impuesto en el mes que fue pagada y no en el mes que el reembolsada por la empresa.

La importancia de la solicitud de los complementos de pago ya que será la forma de fiscalizar el impuesto al valor agregado, aunado al método de pago PUE (pago en una sola exhibición)

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